24 de septiembre de 2015

Desamparados legales

Desamparados legales
¿Qué protección jurídica reciben los disidentes cubanos y sus bienes
materiales?
jueves, septiembre 24, 2015 | Roberto Jesús Quiñones Haces

GUANTÁNAMO, Cuba.- La Constitución de la República de Cuba establece que
el Estado garantiza la libertad y la dignidad plena del hombre, el
disfrute de sus derechos, el ejercicio y cumplimiento de sus deberes y
el desarrollo integral de su personalidad.

También señala que todos los órganos del estado, sus dirigentes,
funcionarios y empleados, actúan dentro de los límites de sus
respectivas competencias, tienen la obligación de observar estrictamente
la legalidad socialista y velar por su respeto en la vida de toda la
sociedad.

Finalmente, el documento recoge que todos los ciudadanos gozan de
iguales derechos y están sujetos a iguales deberes.

Los tres preceptos constitucionales exponen lo que en derecho se conoce
como principios de igualdad ciudadana e institucionalidad.

¿Cómo se aplican estos principios cuando el ciudadano es un opositor
pacífico? Con el objetivo de dilucidar esta pregunta, contactamos
algunos opositores que recientemente han sufrido represión policial.

¿Qué protección jurídica reciben los disidentes?

El pasado día 22 de abril del 2015 Cubanet informó sobre las lesiones
que recibió Niober García Fournier de un colaborador de la Seguridad del
Estado.

La policía tomó declaración a Niober y a testigos presenciales del
hecho, ocurrido en plena vía pública. Sin embargo el atacante sólo fue
detenido varios días después debido a las protestas de la familia del
lesionado, de activistas de la Unión Patriótica de Cuba UNPACU y del
Movimiento Cubano de Jóvenes por la Democracia frente a la unidad
policial de Guantánamo.

Conocido por "Burlón", el agresor es hermano del teniente de la
Seguridad del Estado Rider Miclín. Fue detenido sólo tres horas y desde
entonces permanece en libertad. Casi cinco meses después el expediente
continúa estancado.

Yoandry Beltrán Gamboa, secretario general de la UNPACU en Guantánamo
fue atacado junto con su esposa el 12 de junio del 2015 por trabajadores
del Poder Popular al denunciar en un cartel que la policía no le quería
devolver su bicicleta y un teléfono celular. Ambos hicieron las
denuncias y las acompañaron con los certificados médicos expedidos por
el departamento de medicina legal. Ninguno de los atacantes ha sido
sometido a proceso penal.

El joven Yunior Cortina Ramírez fue agredido el 28 de marzo de este año
por varias personas vestidas de civil, presuntamente agentes de la
seguridad del estado. Todavía no se ha investigado absolutamente nada
sobre el suceso. Al contrario, Yunior fue sancionado a un año de
privación de libertad por un supuesto delito de lesiones.

¿Qué protección jurídica existe sobre los bienes de los disidentes?

El 15 de julio de este año Niober García Fournier estaba repartiendo la
Declaración Universal de los Derechos Humanos frente a la terminal de
trenes de Guantánamo junto con Ramón Olivares Avello, Dianellis Salazar
Toledano y Damián Rodríguez Mejías. A pesar de que la acción no está
contemplada como delito en el código penal cubano fueron detenidos,
trasladados a la unidad provincial de operaciones del Ministerio del
Interior (MININT) y despojados de sus pertenencias.

Algunos de ellos permanecieron detenidos ilegalmente hasta 72 horas. A
Niober le decomisaron una cámara fotográfica, el teléfono celular y dos
memorias flash de 8 gigabytes cada una. A Dianellis una memoria flash. A
ninguno les han notificado por qué ocuparon los bienes ni qué ley los
autoriza a hacerlo. Damián y Dianellis fueron multados con doscientos pesos.

Niober fue a la Fiscalía Provincial de Guantánamo y al Departamento de
Atención a la Ciudadanía del MININT y presentó sendas quejas por
escrito. En ambos lugares se negaron a darle una constancia de su queja.

El caso del joven Leinier Cruz Salfrán fue reportado por Cubanet el
pasado 19 de enero. Detenido en su domicilio luego de un aparatoso
registro, acusado por la presunta comisión de un delito de Actividad
Económica Ilícita por ayudar a varios jóvenes a que se conectaran a la
red wifi del hotel Martí, luego de varios días de detención se le impuso
una multa y fue puesto en libertad.

Le ocuparon su laptop, varias memorias flash y una cámara fotográfica,
equipos con los cuales se ganaba la vida como trabajador por cuenta
propia. A pesar de sus múltiples gestiones hasta la fecha no le han
devuelto los bienes ni le han notificado un documento donde conste por
qué fueron decomisados.

¿Qué hacer?

En Cuba no existe una ley que regule el derecho de queja establecido en
el art. 63 de la Constitución. Cuando un ciudadano se queja, su carta
comienza a deambular por diversas instancias burocráticas. Muchas veces
ni siquiera le responden.

Tampoco existe un Tribunal de Garantías Constitucionales encargado de
vigilar que se cumplan la constitución y el ordenamiento jurídico del país.

Dice la Constitución que corresponde a la Fiscalía General de la
República el control y la preservación de la legalidad sobre la base de
la vigilancia del estricto cumplimiento de la Constitución, las leyes y
demás disposiciones legales, por los organismos del estado, entidades
económicas y sociales y por los ciudadanos. Sin embargo, este órgano, en
la provincia de Guantánamo, jamás le ha dado la razón a un ciudadano
cuando éste ha reclamado contra el MININT.

Las personas perjudicadas en su patrimonio por la Seguridad del Estado
pueden contratar los servicios de un abogado de los Bufetes Colectivos
para establecer demanda en proceso especial de amparo en la posesión.
Para hacerlo se requiere tener bien identificado el nombre del agente
que decomisó los bienes, el número del auto patrullero o la unidad
policial donde los bienes fueron ocupados. A ello debe sumarse que el
abogado designado tenga la valentía de establecer dicha demanda y aun
así, lo cual sería extraordinario, que la dirección del bufete se lo
permita.

Si el ciudadano tiene la suerte de hallar un abogado que esté dispuesto
a defenderlo, y que la dirección del bufete lo autorice a hacerlo,
quedaría por ver si el tribunal admite la demanda o se pronuncia
alegando que carece de competencia para conocer del caso.

Source: Desamparados legales | Cubanet -
https://www.cubanet.org/actualidad-destacados/desamparados-legales/

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