Madrid estudia nuevas normas para inmigrantes
By Servicios El Nuevo Herald
MADRID
Los inmigrantes que tengan a su cargo un hijo nacido en España tendrán
la residencia temporal por un año, gracias al denominado ``arraigo
familiar'', novedad que contempla el borrador del Reglamento de la Ley
de Extranjería que presentó el martes el gobierno.
Estos padres, al transcurrir un año de haberse regularizado, podrán
obtener un permiso de residencia normal, de acuerdo con los requisitos
que cumplan.
Los inmigrantes que tengan hijos menores con nacionalidad española
tendrán permiso de residencia temporal, por un plazo de un año,
``siempre y cuando el menor conviva con ellos y viva a su cargo". Estos
progenitores, al cabo de un año, ya que han estado en una situación
regular, podrán obtener otro permiso de manera normalizada de acuerdo
con la situación y los requisitos que cumplan.
Se trata de las regulaciones relativas a asuntos como la residencia, la
reagrupación familiar, la contratación de trabajadores o las
infracciones a la ley, aprobada en el 2009 y en vigor desde enero del 2010.
La reforma la consideraba el gobierno necesaria para consolidar la
``inmigración legal y ordenada'' y adaptarla ``a las necesidades del
mercado de trabajo''.
El abarcador documento indica además que esta medida también afectará
``a los padres que hubieran sido originariamente españoles''. Por
ejemplo, cuando los progenitores se hubieran marchado de España por
razones políticas y los hijos no hubieran sido inscritos en su día como
españoles, dijo el diario El País.
Los niños nacidos en España de extranjeros residentes adquirirán ``la
misma autorización de residencia'' de la que sea titular cualquiera de
sus padres.
Con respecto a los hijos no nacidos en España de un residente, podrán
ser reagrupados tras acreditar una permanencia continuada en el país de
un mínimo de dos años, siempre que sus padres o tutores cumplan los
requisitos de medios de vida y alojamiento.
Esta situación se dará en el caso de los ciudadanos de Colombia,
Bolivia, Argentina, Costa Rica o Cuba, entre otros, que decidan no
inscribir a sus hijos en el consulado correspondiente como nacionales de
esos países.
El reglamento, pendiente de aprobación definitiva, señala que para
cuando los niños son nacidos en el país de sus progenitores y éste no
concede automáticamente la nacionalidad al neonato, el bebé se considera
apátrida y automáticamente recibe la nacionalidad española.
En cuanto a la reagrupación familiar, un residente podrá pedir la
residencia para su cónyuge si no están separados y el matrimonio no es
fraudulento.
El reglamento será examinado por la Mesa de Diálogo Social, el Foro para
la Integración Social de los Inmigrantes, la Conferencia Sectorial de
Inmigración y la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración, entre otras
entidades.
http://www.elnuevoherald.com/2011/02/09/883707/madrid-estudia-nuevas-normas-para.html
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