COMUNIDAD HETEROGÉNEA"
01-07-2010.
Lic. Ernesto Antonio Vera Rodríguez
Abogado y Bibliotecario independiente Miembro de la Corriente
Agramontista de Abogados Independientes de Cuba
(www.miscelaneasdecuba.net).- Después de terminada la saga del niño 
Elian González, Fidel Castro optó por un nuevo entretenimiento que 
siguiera dando vida a su batalla de ideas.Tocó el turno a 5 espías 
confesos, presos en los Estados Unidos, quienes se declararon agentes 
del régimen castrista, y sentenciados el 8 de junio del 2001.
Durante años, los espacios televisivos controlados por el gobierno se la 
han pasado mintiendo al pueblo, adulterando los hechos y dando la imagen 
de un sistema implacable y brutal proveniente del norte.
Un sistema donde no existen o no se cumplen las garantías procesales de 
los acusados, un país que tiene a una comunidad llamada Miami que es 
incapaz de juzgar con imparcialidad a los cubanos que actúan como espías 
de la dictadura cubana.
Los que conocemos la realidad cubana porque la vivimos día a día y somos 
parte de ella, sabemos que estas aseveraciones hechas más bien 
pertenecen al sistema legal cubano, donde ni siquiera las autoridades 
respetan sus propias leyes.
Durante el juicio, y después del mismo, en las sucesivas apelaciones, 
los abogados de la Defensa han reiterado los mismos argumentos: la 
historia de violencia que ostentaba la ciudad de Miami indicaba que sus 
ciudadanos no tenían capacidad para apartar sus sentimientos en contra 
del gobierno cubano y emitir un veredicto ajustado a Derecho; que la 
encuesta realizada por el profesor Morán concluyó que el cambio de 
jurisdicción de la división del Distrito Federal del Sur de la Florida 
era la única forma para que los 5 acusados tuvieran un juicio justo, ya 
que el Condado de Miami – Dade estaba saturado de un profundo prejuicio 
contra todo aquello que estuviese relacionado con el gobierno cubano; 
reseñaron algunos artículos publicados antes y después del juicio.
Sin embargo después de un pormenorizado análisis del caso, el Pleno del 
Corte de Atlanta decidió en una votación de 10 votos contra 2, que 
Gerardo, Fernando, Antonio, René y Ramón (5 de los integrantes de la Red 
Avispa), habían recibido un juicio justo y que nada en el Expediente del 
caso, indica que no se pudiera elegir dentro del Condado Miami – Dade a 
un jurado imparcial.
Ahora bien, ¿esta Sentencia adoptada por el Pleno en fecha 9 de agosto 
de 2006, se ajusta a lo que estipulan las normas en los Estados Unidos, 
o fue una colosal injusticia tal y como viene repitiendo el régimen de 
Castro?
Los jueces actuantes tuvieron en cuenta las fuentes formales del derecho 
de su país, es decir: la norma escrita o Reglas federales y los 
precedentes judiciales. Según la Regla Federal 21, los acusados para 
obtener un nuevo juicio o un cambio de sede deben demostrar que existe 
un profundo prejuicio contra ellos dentro de la Comunidad en que serán 
juzgados. Los acusados presentaron como evidencia una Encuesta realizada 
por el psicólogo Patrick Morán.
Sin embargo, hay que señalar que esta Encuesta carecía de rigor 
científico: no medía con precisión el prejuicio, la muestra tomada era 
insuficiente, no se manejó correctamente la terminología neutral, por 
ejemplo, se le preguntaba al encuestado si estaba de acuerdo o no en que 
los agentes de Castro habían tratado de interrumpir las manifestaciones 
pacíficas de las flotillas del Movimiento Democracia que rendían tributo 
a los compañeros caídos; la mayoría de las preguntas realizadas eran 
prefabricadas, generalizadas y muy pocas tenían que ver con el caso que 
se debatía.
Por otra parte estaba dentro de la prerrogativa de la jueza Joan Lenard 
rechazar categóricamente la Encuesta. No obstante el expediente revela 
que para tomar esa decisión la jueza analizó con mucha profundidad las 
conclusiones del experto.
Los voceros del régimen han dicho una y otra vez que no existió un 
juicio justo y que los ánimos de la comunidad estaban caldeados a tal 
punto que influyeron en la decisión del jurado.
Sin embargo cuando usted revisa todo el expediente del caso así como las 
sentencias impuestas por la jueza y el fallo de las apelaciones ante el 
Pleno, se percata de que ocurrió todo lo contrario.
La jueza Joan Lenard tomó medidas muy eficaces para que el jurado no 
fuese contaminado, emitió una orden mordaza a todas las partes y sus 
abogados ordenándoles abstenerse de ofrecer información u opiniones que 
cualquier persona razonable pudiera dar a conocer mediante comunicación 
pública, en relación con un litigio inminente, donde tal difusión 
pudiese perjudicar el debido desarrollo del juicio.
La jueza no dio jamás a la prensa los nombres de los doce miembros del 
jurado y evitó el acceso de los medios de comunicación a las preguntas 
que se realizarían en el voir dire a los candidatos que integrarían el 
jurado. Incluso cuando se llega a conformar el jurado los abogados de 
los cinco afirmaron que estaban muy satisfechos con la selección del 
jurado, elogiando el trabajo de la jueza.
Otra de las mentiras que repite el régimen de Castro y los abogados y 
familiares de los 5 espías es que los Tribunales no tuvieron en cuenta 
los precedentes judiciales.
Ahora bien, repasemos cuáles son esos precedentes judiciales 
supuestamente violados en este caso:
1 – Irvin versus Dowd: Aquí se trataba de una comunidad rural de muy 
pocos habitantes que fue sometida a una publicidad muy perjudicial en la 
cual se revelaron los antecedentes del acusado , y sus antecedentes 
penales; en este caso ocho de los doce jurados opinaban que el acusado 
era culpable antes de comenzar el juicio.
2 – Rideau versus Lousiana: en este caso los agentes de la policía 
obtuvieron de manera ilegal y arbitraria la confesión del acusado, 
además de que se le permitió a la televisión filmar el local donde se 
había cometido el crimen y el lugar donde se llevaría a cabo el juicio.
3 – Sheppard versus Maxwell: aquí el juez no instruyó debidamente a los 
miembros del jurado, convirtiendo a éstos en víctimas de los medios de 
comunicación.
4 – Estes versus Texas el acusado no recibió un juicio justo ya que la 
Sala del Tribunal estaba llena de cables y cámaras de televisión.
Como podemos ver ninguno de los precedentes citados por la Defensa se 
atemperan al caso de los 5 espías. En aquellos raros y muy pocos casos 
en que las Cortes concedieron un nuevo juicio amparándose en el profundo 
prejuicio de la Comunidad, se trataba de pueblos con muy pocos 
habitantes o juicios realizados sin las más mínimas garantías procesales 
donde los medios de comunicación tenían un protagonismo demasiado evidente.
No basta con argumentar que existe un profundo prejuicio, se necesita 
demostrarlo, demostrar que ese prejuicio caló hondo en los miembros del 
jurado, algo que los abogas de la defensa no lograron probar. El hecho 
no es si el jurado leyó o vio algo sobre el caso en la televisión, el 
asunto es si el jurado se hizo de un criterio condenatorio o absolutorio 
después de lo visto o lo leído.
Tampoco la Corte encontró que los cinco acusados tuviesen derecho a un 
nuevo juicio en base a la Regla Federal No. 33 ya que no había existido 
por parte de la Fiscalía una conducta impropia o inconsecuente, toda vez 
que la posición adoptada por los representantes del gobierno durante el 
caso de Ramírez ocurrió después y no antes de su posición en el caso de 
los cinco espías, por lo que no se aplica la evidencia judicial pues el 
argumento sostenido por la Defensa es cronológicamente incongruente.
Por otra parte, el caso de Ramírez versaba más bien de discriminación de 
empleo donde el propio demandante trató de explotar, para su provecho 
personal, la cobertura de prensa, dando conferencias y emitiendo 
declaraciones propagando así los puntos de su demanda.
Miami Dade es un condado de más de 2 millones de habitantes, es una 
comunidad heterogénea, multirracial, donde hay diversidad de criterios 
en lo político, y por otra parte la publicidad previa al juicio no fue 
perjudicial si la comparamos con los raros casos en que las Cortes han 
ordenado un nuevo juicio.
Como podemos ver los "5" tuvieron un juicio justo, y con todas las 
garantías procesales que puede tener un acusado en los Estados Unidos a 
diferencia de aquellos cubanos que en su propia tierra son sentenciados 
a largas penas de prisión por el solo hecho de expresar opiniones que 
difieran de la línea oficial del régimen.
Los "5" tuvieron un juicio con todas las garantías, donde sus abogados 
contaron con tiempo suficiente para proponer pruebas, lo demuestra el 
hecho de que este juicio duró más de un año, a diferencia de las farsas 
judiciales celebradas a los 75 durante la Primavera Negra del año 2003, 
juicios sumarísimos sin garantías procesales, sin una defensa 
verdaderamente eficaz.
Suena irónico que la dictadura hable de "profundo prejuicio", cuando el 
prejuicio ha estado presente en estos 50 años; prejuicio hacia los 
homosexuales, prejuicio hacia los cristianos y demás personas 
practicantes de todo tipo de religión.
La comunidad internacional y todos los que luchamos por la libertad 
debemos exigirle a Raúl Castro que realice un nuevo juicio, no solo a 
los 75 disidentes condenados en el 2003 sino a los cientos de miles de 
personas que han sufrido la discriminación y el prejuicio a lo largo de 
estos 50 años de tiranía.
Quizás haya equivocado la cifra, quizás sean millones.
Santiago de Cuba, 28 de junio de 2010."
http://www.miscelaneasdecuba.net/web/article.asp?artID=28632
No hay comentarios:
Publicar un comentario