29 de julio de 2010

INFORME DE LA ORGANIZACIÓN DE DERECHOS HUMANOS "CUBANOS LIBRES"

INFORME DE LA ORGANIZACIÓN DE DERECHOS HUMANOS "CUBANOS LIBRES"
29-07-2010.
Joel Lázaro Carbonell Guilar
Organización de Derechos Humanos Cubanos Libres

(www.miscelaneasdecuba.net).- La Habana, 26 de julio de 2010.- Es
lamentable y cruel, que nuestro Gobierno cometa actos de genocidios y
torturas, más cuando ha adoptado, aprobado y ratificado estos
instrumentos de Derechos Humanos, además de ocupar un alto cargo en la
tan prestigiosa Organización de las Naciones Unidas.

Vale la pena aclarar, que genocidio se le llama a cualquier acto
perpetrado con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo;
lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo,
la instigación directa y pública y la complicidad a cometer genocidio.

Llámese tortura a todo acto por el cual se inflija intencionalmente a
una persona dolores o sufrimientos graves, ya sea físicos o mentales,
con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una
confesión; de castigarla por un acto que haya cometido o se sospeche que
ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras cuando
dichos dolores o sufrientes sean infligido por un funcionario público u
otra persona en el ejercicio de funciones públicas.

A pesar de que toda la sociedad cubana, sufre estos actos cometidos por
las autoridades (informaciones en poder de "Cubanos Libres") los que más
sufren, son los integrantes de la sociedad civil.

A los activistas y defensores de los derechos humanos, se le es citado,
detenidos arbitrariamente, y en ocasiones secuestrados para intimidarlos
y amenazarlos, que de continuar con sus actividades, serán privados de
su libertad; en ocasiones hasta son maltratados, provocándoles lesiones
graves a la integridad físicas de estos.

Por citar ejemplos: Ver caso de Hugo Damián, cuando agentes de la
Seguridad del Estado, penetraron en su vivienda arbitrariamente y se
arremetieron contra él, hasta provocarles fracturas en la columna
vertebral. Después lo trasladaron hacia la unidad policial, para impedir
que realizara una actividad pacífica.

Los agentes de la Policía Política preparan grupos llamados Respuesta
Rápida, para instigar y maltratar directa y públicamente a activista en
los momentos de desarrollos de actividades en materia de derechos humanos.

Al líder de la Comisión Martiana y JACU, Lilvio Fernández Luis, le han
penetrado su hogar arbitrariamente agentes de la Policía Política,
decomisándole sus equipos y trasladándolo hacia la sede de Villa Marista
(Cuartel de la Policía Política), donde ha sido amenazado y advertido de
que no se le va a permitir, que continué con sus actividades y que van a
acabar con su organización.

El Presidente del Partido Democrático "30 de noviembre Frank País",
Alfredo Fernández Silva, le han ocurrido hechos similares. A éste se le
ha amenazado, se la ha decomisado equipos, se le ha secuestrado, lo han
sacado de su hogar arbitrariamente, y al cabo de las diez o doce horas,
lo han abandonado lejano de su hogar, bajo fuertes aguaceros.

A la Secretaria Ejecutiva del Partido Liberal Ortodoxo y Dama de Apoyo a
las Damas de Blanco, Juana Maria Oquendo Gómez, la han detenido
arbitrariamente, la han amenazado de hacerle daño a su hijo, de ella
continuar en sus actividades. Han visitado el puesto de trabajo del
hijo, para intimidarlo, lo han arrestado arbitrariamente, obligándolo a
montarse en motos de agentes de la Policía Política, para coaccionar a
éste y poder así presionar a la madre para que cese sus actividades
políticas.

Alfredo Guilleuma Rodríguez, más conocido como "el viejo Alfredo", señor
de 82 años de edad, que apoya a todos los Movimientos en sus
actividades, se le ha secuestrado en varias oportunidades, amenazándolo
y advirtiéndolo que de continuar, le puede ocurrir algo grave.

Se menciona estos casos para señalar ejemplos, ya que si se mencionaran
todos, no habría cuando acabar.

Nuestro Gobierno viola todos los acuerdos y principios constitucionales.
En la Declaración de Derechos Humanos en sus artículos 3, 9 y 20,
señalan que:

Artículo 3: "Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a
la seguridad de su persona."

Artículo 9: "Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado."

Artículo 20: "Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de
asociación pacifica.

En la Constitución de la República, en su artículo 9 a, en su artículo
58 y 59; se expone que:

Artículo 9 a: "El estado, garantiza la libertad y la dignidad plena del
hombre, el disfrute de sus derechos, el ejercicio y cumplimiento de sus
Deberes y el desarrollo integral de su personalidad."

Artículo 58: "La libertad e inviolabilidad de su persona están
garantizadas a todos los que residen en el territorio nacional. Nadie
puede ser detenido si no en los casos, en la forma y con las garantías
que prescriben las leyes."

Artículo 59: …"No se ejercerá violencia ni coacción de clase alguna
sobre las personas para forzarlas a declarar."

Todos estos preceptos y leyes, nuestro país las viola, además de quedar
los hechos impunes y los perjudicados sin los daños reparados.

http://www.miscelaneasdecuba.net/web/article.asp?artID=29122

No hay comentarios:

Publicar un comentario