28 de diciembre de 2015

Normas electorales democráticas para Cuba?

¿Normas electorales democráticas para Cuba?
La anunciada reforma de la Ley Electoral debe tener un contenido real
lunes, diciembre 28, 2015 | René Gómez Manzano

LA HABANA, Cuba.- Se acerca 2016, y con él deberán definirse las nuevas
reglas electorales que implementará el régimen castrista, de conformidad
con el anuncio oficial hecho hace ya meses. Es probable que las líneas
generales de esa reforma sean bosquejadas en el próximo congreso del
partido único, que ha sido anunciado para el venidero abril.

¿Qué deberemos esperar? ¿Siquiera un esbozo de democratización; o un
mero maquillaje tramposo, en el mejor espíritu del Marqués de Lampedusa?
Ya sabemos que, hasta el momento, los castristas han instrumentado la
verdadera dictadura perfecta. A quienes los critican, oponen un
argumento que ellos esgrimen como si fuese irrebatible: "Cuba tiene su
propio estilo de democracia".

En previsión de ese tipo de pretextos, conviene dejar sentados los
principios fundamentales. Es cierto que los modelos políticos de los
países libres presentan una notable variedad: existen diferencias entre
los sistemas presidencialistas y parlamentarios, divergencias en la
duración de los mandatos, posibilidades o no de reelección y un largo
etcétera.

Pero hay aspectos comunes que es menester recalcar, pues son ellos los
que permiten determinar cuándo estamos en presencia de un sistema
democrático y cuándo no. Son distintas libertades que constituyen otras
tantas vías para que las diversas opiniones de los ciudadanos encuentren
un cauce de expresión adecuado.

Está, en primer lugar, la libertad de postulación. Si el pueblo es el
soberano, entonces sus integrantes, al momento de ejercer el sufragio,
deben contar con la posibilidad de escoger entre diferentes propuestas
políticas. En Cuba, esto significa ante todo poner fin a una práctica
absurda: que en las votaciones para diputados y delegados provinciales,
el número de candidatos sea igual al de los cargos a cubrir.

Pero no basta con que el elector pueda escoger entre diferentes
personas. Si todos los postulados respaldan en esencia las mismas
políticas, la elección carecería de verdadero contenido; sería una
mascarada. En el caso de cualquier país verdaderamente democrático, lo
anterior significa que también la oposición política pueda presentar sus
candidatos.

En Cuba, desde hace decenios, existen organizaciones de ese tipo. Éstas
jamás han recibido reconocimiento oficial, y la reforma de la
legislación electoral sería una ocasión perfecta para poner fin a esa
práctica arbitraria y abusiva. También para reconocerles a ellas –entre
otros– el derecho a hacer postulaciones para diputados y delegados
municipales y provinciales.

Por supuesto que la concurrencia de diversas opciones políticas implica,
a su vez, la necesidad de autorizar la realización de campañas
electorales. Según la actual legislación cubana, sólo en el nivel
inferior (el municipal) el ciudadano puede escoger entre varias
personas. De manera insensata, se supone que el único elemento que él
valore a esos efectos sean los datos consignados en las biografías que
se publican.

De acuerdo con esa "lógica" –digna de una obra de Ionesco– se presume
que el elector, al depositar su boleta a favor de uno u otro candidato,
ni siquiera sepa si los nominados proponen dedicar los limitados
recursos municipales a –digamos– fabricar una escuela o bachear las
calles. Se supone que sólo se interese por cuál de todos posee mayor
"integración revolucionaria".

Es menester poner fin a ese absurdo. Resulta necesario que, al escoger
entre los candidatos de distintas fuerzas políticas, el soberano sepa a
qué atenerse, en dependencia de a cuál de ellos favorezca el voto
popular. Si en las elecciones municipales es natural que se debatan
opciones "pedestres" (como las arriba sugeridas), es natural que en las
de diputados se enuncien –y se divulguen– programas de alcance nacional
e internacional.

Admitida la libertad de postulación –con las implicaciones arriba
consignadas– sería necesario que existieran los mecanismos idóneos para
comprobar que la voluntad popular ha sido respetada. Esto implica la
participación de representantes de la oposición en todos los niveles del
sistema comicial.

En Cuba, en la actualidad, esto sólo está previsto en los colegios
electorales. Según la ley vigente, el ciudadano que lo desee puede
presenciar los escrutinios en una de esas instituciones de base. Si se
admiten candidaturas alternativas, los representantes de éstas deben
poder comprobar si el número de los sufragios atribuidos a cada una de
ellas a nivel municipal o superior, refleja o no la realidad.

Considero que lo consignado hasta aquí es lo fundamental. Si esto no se
materializa en las nuevas normas electorales, éstas podrán recibir
cualquier calificativo, menos el de democráticas. Por supuesto que hay
otros cambios deseables, pero los antes señalados parecen los
absolutamente indispensables. El estudio de esas posibilidades
adicionales, así como el análisis de otras propuestas disidentes que se
han hecho al respecto, pudieran ser el objeto de un segundo artículo.

Source: ¿Normas electorales democráticas para Cuba? | Cubanet -
https://www.cubanet.org/opiniones/normas-electorales-democraticas-para-cuba/

No hay comentarios:

Publicar un comentario