2 de abril de 2011

Algunos acercamientos a la Constitución Cubana.

Algunos acercamientos a la Constitución Cubana.

En un reciente contacto con colegas-amigos, éstos me acercaron otra vez
a ideas presentes hace tiempo en mi interior sobre realidades jurídicas
cubanas: contradicciones jurídicas, ambigüedades de las principales
normas legales de la sociedad, derechos que no son derechos, términos
que no son términos, entre otros desatinos que desafortunadamente
comienzan por nuestra Constitución, pasando por la Ley de Procedimiento
Penal, (donde no existe término para la prisión preventiva).

La Ley No. 54/1985 "Ley de Asociaciones", fue el origen de la charla,
debido a que la titular de Justicia de esta nación no dictamina como es
su obligación de acuerdo a lo refrendado en dicha Ley y su Reglamento,
Res 53/1986.

He comprobado en lectura de Constituciones de países latinoamericanos,
como México, Perú, Guatemala, Chile, Argentina y Colombia, el espíritu
democrático, social, despolitizado, desideologizado de sus letras,
mencionando todas las esferas de civilidad garantizadas, sin mencionar
nombres propios, sistemas, partidos políticos, alusión a doctrinas
ideológicas o filosóficas. Recuerdo la mía, y es inevitable la comparación.

Recordé a Céspedes, Agramonte, Martí, Maceo aunque no fuera abogado,
sentí una gran admiración por los juristas y hombres valientes de estos
países de nuestro ámbito geográfico, quienes legaron para sus sociedades
Constituciones conservadoras del verdadero afán de libertad, soberanía,
humanismo y derecho de todo ser humano a elegir su forma de vida y su
destino, naciones que cada día ganan en cultura, desarrollo, democracia
y mejoras para sus ciudadanos. Leí varias veces estos contenidos y en
ninguna línea encontré nombre de Partido alguno, ni las palabras
imperialismo y socialismo, mencionadas en 7 y 23 ocasiones
respectivamente en la nuestra.

No acostumbro a perder tiempo en un tema sin aristas, polémica, o
portador de contradicciones como vía de solución o desarrollo espiritual
o intelectual, por eso sólo voy a referirme a tres aspectos:

1. Por qué un Socialismo irrevocable (según su Artículo 3 del 2002),
cuando para en ese entonces no se había ni se ha garantizado la
realización de los 136 artículos restantes.

3. Por qué un Partido único es "fuerza dirigente superior" de la
sociedad y el Estado. Acaso en la Constitución no es el Estado,
Gobierno, Poder Judicial, además de la libertad, la justicia, la
igualdad y la pluralidad los auténticos entes superiores de la nación.

A partir de la Ley de Leyes se derivan los complementos legales que
regulan el accionar de un país, pero las contradicciones entre sus
propios artículos, la retórica de su contenido y ser los mismos sujetos
que participaron en ambos casos se engendran aberraciones como la Ley
General de la Vivienda, Ley de Procedimiento Penal, Regulaciones de
Emigración, Regulaciones Aduanales, entre otras.

En esta etapa que vive el país, de reordenamiento y cambios para
preservar las mejores conquistas de nuestro proyecto social y teniendo
en cuenta Congresos venideros, pudiéramos revisar y accionar sobre estos
complementos jurídicos para acercarnos más al espíritu debido de una
Constitución y a los Tratados Internacionales de los que Cuba es
firmante, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos,
Tratados sobre Detenidos y presos y otros más, que incluso me sugieren
más preguntas;

Por qué firmamos y aceptamos el Derecho a la Propiedad (art. 17 de la
Declaración Universal de Derechos Humanos, DUDH), la aprobamos en
nuestra Constitución (art. 24), y en la Ley General de la Vivienda lo
negamos, sobre todo en las famosas "excepciones e incisos" de la
legislación cubana, (cuando un bien inmueble como la vivienda se compra
en 1958, se habitó y concluyó de pagar en 1960 ó 70 ´80, mi hijo o mi
nieto la heredan y se les obliga a pagarla nuevamente).

Por qué tenemos derecho a abandonar el país y a regresar (art. 13 DUDH),
y derecho a la propiedad y herencia (art. 24 Constitución), y una
Regulación Ministerial nos arrebata el derecho de poseerla y/o
traspasarla a nuestros herederos.

Por qué es tan difícil cumplir con las leyes como están escritas, por
qué es tan difícil ser consecuente con nuestros propios enunciados …
"Guiados por el ideario de José Martí y las ideas político-sociales de
Marx, Engels y Lenin…"(Preámbulo de nuestra Constitución), cuando estos
autores demostraron la dialéctica y las negaciones como piedra angular y
premisas del desarrollo de cualquier Sociedad, tanto como Martí poseyó,
heredó, abandonó, regresó a su país (de sus 42 años, vivió más en el
exterior que en Cuba), y demostró ser el más Universal de los cubanos y
nuestro Apóstol nacional.

Termino exhortando a leer nuestras leyes homólogas vecinas, repasar las
nuestras, analizar y, si algunos colegas, han reparado sobre estas
incongruencias, no dejar para las nuevas generaciones la solución de
estos desatinos. Aportemos sabiamente para el mejor desenvolvimiento de
nuestra sociedad normas más sencillas, comprensibles y alcanzables,
justas, abarcadoras, sin dejar brecha para que decidan nuestra vida
burócratas, personas alejadas del verdadero espíritu de igualdad y
justicia que deben conformar nuestra Leyes.

Lic. Javier Hernández H.

http://www.gacetadecuba.com/2011/04/01/licenciado-javier-hernandez-h-algunos-acercamientos-a-la-constitucion-cubana/

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