10 de julio de 2010

Presos políticos en Cuba: Libertad condicional

Presos políticos en Cuba: Libertad condicional

Por qué, a pesar de a buena noticia, Cuba sigue siendo un régimen
represivo. Los derechos que siguen violándose en la isla.
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Por Gabriel C. Salvia (*) | 08.07.2010 | 11:19

Durante la visita del Canciller de España a Cuba, Miguel Ángel
Moratinos, la Iglesia Católica cubana anunció el pasado 7 de julio que
el gobierno de Raúl Castro liberará a 52 presos políticos, los cuales
habían sido detenidos durante la ola represiva conocida como "La
primavera negra" en marzo de 2003, juzgados mediante procesos
sumarísimos y condenados la mayoría de ellos a penas que rondan los 20
años de prisión.

Inmediatamente comienzan a producirse lecturas optimistas sobre cambios
políticos en Cuba, como desconociendo la pericia de un régimen represivo
que ha logrado mantenerse por más de medio siglo en el poder. Sin
embargo, mientras en Cuba se sigan considerando delitos al ejercicio de
los derechos humanos de primera generación, nada puede cambiar en ese
país y quienes sean liberados pueden volver a prisión en cualquier momento.

Es que el régimen jurídico-político de Cuba viola la mayoría de las
garantías básicas plasmadas en todos los instrumentos internacionales
que se han suscripto en las últimas décadas, y que en la actualidad
forman parte del derecho internacional de los derechos humanos. En tal
sentido, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos recomendó al
Estado de Cuba en el año 2006 "ordenar la liberación inmediata e
incondicional de todas las víctimas declarando nulas las condenas en su
contra, por haberse basado en leyes que imponen restricciones ilegítimas
a sus derechos humanos".

Más recientemente, en noviembre de 2009, un categórico informe de Human
Rights Watch señalaba: "el gobierno de Raúl Castro ha recurrido a leyes
draconianas y a procesos judiciales que son una farsa para encarcelar a
muchas otras personas que se atrevieron a ejercer sus libertades
básicas. El gobierno de Raúl Castro se ha amparado especialmente en una
disposición del Código Penal de Cuba que permite al estado encarcelar a
las personas antes de que hayan cometido un delito, cuando existan
sospechas de que pueden cometerlo en el futuro. Esta disposición sobre
'peligrosidad' es netamente política y define como 'peligrosa' a
cualquier conducta contraria a las normas socialistas. Esta norma, la
más orwelliana de todas las leyes cubanas, capta la esencia de la
mentalidad represiva del gobierno cubano, que percibe a cualquier
persona cuyas acciones no concuerden con el gobierno como una potencial
amenaza y, por ende, pasible de castigo…las actividades 'peligrosas'
incluyen entregar copias de la Declaración Universal de los Derechos
Humanos, organizar manifestaciones pacíficas, escribir artículos que
critican al gobierno, e intentar organizar sindicatos independientes".

Al respecto, la cuestión de fondo en materia de apertura política en
Cuba estuvo planteada en la Declaración "El ejercicio de los derechos no
es delito", suscripta por 75 referentes jurídicos, políticos y sociales
de América Latina, entre ellos Julio César Strassera, Patricio Aylwin,
Graciela Fernández Meijide, Guillermo O'Donnell, Daniel Sabsay, Vicente
Palermo y Emilio De Ipola: "Estamos de acuerdo en que la región
normalice sus relaciones con Cuba, pero para ello el gobierno de los
hermanos Castro debe armonizar sus normas internas eliminando las
restricciones a los derechos humanos más elementales…Es hora que América
Latina se ponga del lado de los demócratas cubanos y le exija al régimen
de los hermanos Castro que inicie una apertura política garantizando
derechos muy elementales como la libertad de asociación y expresión, lo
cual posibilitaría la liberación de muchos presos políticos por el
principio de la vigencia de la ley más benigna".

Es decir, en lugar de limitarse a pedir la liberación de presos
políticos –que por cierto es loable- los gobiernos democráticos que
quieren influir positivamente en la apertura política de Cuba, deben
reclamarle a su gobierno que en primer lugar introduzca cambios en su
Constitución y Código Penal, y elimine leyes especiales como la número
88, de manera de reconocer las libertades fundamentales. De lo
contrario, si el ejercicio de los derechos sigue siendo penalizado en
Cuba, no se puede esperar ningún cambio político en la isla y mucho
menos una transición a la democracia, por lo cual no hay razones de
fondo para que la Unión Europea modifique la Posición Común adoptada en
1996.

* Presidente del Centro para la Apertura y el Desarrollo de América
Latina (CADAL).

http://www.perfil.com/contenidos/2010/07/08/noticia_0015.html

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